Y es que no solo tenemos derechos en esta vida. Debemos poner de nuestra parte y hacer ciertas cosas para que todo vaya bien. Y, por tanto, en el trabajo deberemos realizar ciertas tareas y tener ciertos comportamientos, tenemos ciertos deberes. Si estos no se cumplen se pueden considerar como una infracción que puede ser la causa de sanción o de despido disciplinario.
Al igual que con los derechos de los trabajadores, los deberes se recogen en el Estatuto de los Trabajadores (que podemos consultar en el siguiente enlace) https://www.estatutodelostrabajadores.com/ . Los deberes son iguales para todo el mundo ya que es una LEY emanada del Parlamento. Además en el propio contrato de trabajo se ajustaran los deberes básicos que exije ese puesto de trabajo (es lo negociado entre el empresario y el trabajador).
Los deberes más importantes son los siguientes:
- TRABAJAR: cumpliendo las obligaciones del puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de buena fé y diligencia. Se debe producir el resultado de lo que se pactó en un principio y de lo que se espera del trabajador.
- Observar las MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE que se adopten. Se deben adoptar las medidas preventivas que el puesto de trabajo requiera.
- Se deben CUMPLIR LAS ÓRDENES E INSTRUCCIONES del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas: mientras se esté en el puesto de trabajo se deberán obecer las órdenes y las pautas que el jefe mande.
- NO se debe CONCURRIR CON LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA: si firmas un contrato en el que pone que únicamente vas a trabajar con ellos no puedes tener más de dos trabajos.
- Se debe contribuir a la MEJORA DE LA PRODUCTIVIDAD: habrá que ser constante y realizar continuadamente y de la mejor forma posible las actividades para las que se nos haya contratado.
A estos se les sumarán los deberes de los respectivos puestos de trabajo que se recogerán en los respectivos contratos y en la normativa establecida en cada trabajo.